plan de igualdad

¿Qué es un Plan de Igualdad?

Los planes de igualdad son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de llevar a cabo una diagnosis de situación, que sirven para alcanzar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en la empresa, eliminando cualquier tipo de discriminación por razón de sexo, Art. 46 Ley de Igualdad

  • El plan de igualdad pretende mejorar no sólo la situación de las trabajadoras, sino de toda la plantilla.
  • Para ello, implica a todas las áreas de gestión de la organización.
  • Es progresivo y, al contrario que un convenio colectivo, está sometido a cambios constantes, pues tiene la cualidad de poder adaptarse a los cambios y necesidades que se vayan detectando en la empresa, especialmente a raíz del seguimiento del plan. Por ello, se confecciona “a medida”, en función de las necesidades y posibilidades.
  • La duración del plan, según lo previsto en el artículo 86 del Estatuto de los Trabajadores, se deja a decisión de las partes al respecto
plan de igualdad

Para cumplir la finalidad de lograr la igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral el RDL 6/2019 modificó la regulación de los planes de igualdad en las empresas.

Entre las modificaciones incluidas se amplió la obligación de implantar planes de igualdad para las empresas a partir de 50 trabajadores (antes más de 250 trabajadores). No obstante esta obligación se estableció de forma escalonada según el tamaño de la empresa.

De esta forma, en aplicación de esta normativa transitoria, desde el 7-3-2020 es obligatorio que las empresas de 151 a 250 trabajadores cuenten con planes de igualdad.

Para los sucesivos años esta obligación se aplicará según en la siguiente escala:

  • empresas de 101 a 150 trabajadores: deberán contar con planes de igualdad a partir del 7-3-2021
  • empresas de 50 a 100 trabajadores: deberán contar con planes de igualdad a partir del​ 7-3-2022.

El incumplimiento de esta obligación constituye una infracción ​grave sancionada con multa de 626 a 6.250 €.

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Disposición adicional séptima. Planes de igualdad.

Incluido en el objetivo 7 del plan estratégico de la Inspección de Trabajo.

1. Las Administraciones Públicas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres.

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, las Administraciones Públicas deberán elaborar y aplicar un plan de igualdad a desarrollar en el convenio colectivo o acuerdo de condiciones de trabajo del personal funcionario que sea aplicable, en los términos previstos en el mismo.

¿Qué incluye un plan de igualdad?

Para la consecución de los objetivos fijados, los planes de igualdad podrán contemplar materias como:

  • El acceso al empleo
  • Clasificación profesional
  • Promoción y formación
  • Retribuciones
  • Ordenación del tiempo de trabajo para favorecer, en términos de igualdad entre hombres y mujeres, la conciliación laboral, personal y familiar
  • Prevención del acoso sexual y el acoso por razón de sexo”

¿Qué beneficios tiene?

  • Mejora del clima laboral
  • Reducción del absentismo
  • Disminución de las rotaciones
  • Mejor aprovechamiento del talento
  • Aumento de la productividad
  • Mayor compromiso de los trabajadores/as con la empresa
  • Mejora de la imagen de la compañía

¿Cuáles son sus fases?

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Agentes implicados en seguridad laboral
fases plan de igualdad
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Garantías y calidad

GRUPO IBERSYS presentará al cliente los siguientes elementos para garantizar la prestación del servicio:

  • Certificaciones y Homologaciones de todas las empresas del grupo.
  • ISO 9001, ISO 14001, 45001 y 27001, servicios centrales en Lugo
    • Certificaciones ISO
  • Plan de Acogida previo al inicio del servicio.
    • Conocimiento de las instalaciones
    • Plan de emergencia
    • Procedimientos de trabajo y de comunicación
    • Identificación y equipamiento.
  • Encuestas de satisfacción periódicas.
  • Estructura de Gestión corporativa
    • Coordinador sanitario
    • Dirección Médica
    • Servicio de protección Covid-19

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