Prevención de la infección por coronavirus SARS-CoV-2 (COVID-19)

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Informe coronavirus

Informe realizado para actualizar las instrucciones del Ministerio de Sanidad. PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN PARA LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN DE RIEGOS LABORALES FRENTE A LA EXPOSICIÓN AL CORONAVIRUS (SARS-CoV-2) de fecha 14 de julio de 2020 y de la ESTRATEGIA DE DETECCIÓN PRECOZ, VIGILANCIA Y CONTROL DE COVID-19 actualizado a 16 de junio de 2020.

Nueva fase de la pandemia

El Ministerio de Sanidad, en el marco del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, de 28 de abril, publicó la Estrategia de diagnóstico, vigilancia y control en la fase de transición de la pandemia de COVID-19, de 6 de mayo de 2020, que ha sido trasladada al BOE mediante la Orden SND/404/2020, de 11 de mayo, de medidas de vigilancia epidemiológica de la infección por SARS-CoV-2 durante la fase de transición hacia una nueva normalidad, que regula las obligaciones y procedimientos de obtención y comunicación de información para la vigilancia epidemiológica en relación a la infección del COVID-19.

Esta Estrategia establece que el objetivo en esta etapa es la detección precoz de cualquier caso que pueda tener infección activa y que, por tanto, pueda transmitir la enfermedad.

La evolución de la crisis sanitaria, que se desarrolla en un escenario de transmisión comunitaria sostenida generalizada, obliga a adaptar y concretar de manera continua las medidas adoptadas para que se recupere paulatinamente la vida cotidiana y la actividad económica, garantizando la capacidad de respuesta de todos los sectores económicos y sociales.

La intervención de las empresas, a través de los servicios de prevención (SPRL), frente a la exposición al SARS-COV-2 ha sido y es crucial, adaptando su actividad con recomendaciones y medidas actualizadas de prevención con el objetivo general de limitar los contagios: medidas de carácter organizativo, de protección colectiva, de protección personal, de trabajador especialmente vulnerable y nivel de riesgo, de estudio y manejo de casos y contactos ocurridos en la empresa y de colaboración en la gestión de la incapacidad temporal.

En el momento actual, están llamados a cooperar con las autoridades sanitarias en la detección precoz de todos los casos compatibles con COVID-19 y sus contactos, para controlar la transmisión. Corresponde a las empresas evaluar el riesgo de exposición en que se pueden encontrar las personas trabajadoras en cada una de las tareas diferenciadas que realizan y seguir las recomendaciones que sobre el particular emita el servicio de prevención, siguiendo las pautas y recomendaciones formuladas por las autoridades sanitarias.

Es imprescindible reforzar las medidas de higiene personal en todos los ámbitos de trabajo y frente a cualquier escenario de exposición. Para ello se facilitarán los medios necesarios para que las personas trabajadoras puedan asearse adecuadamente siguiendo estas recomendaciones. En particular, se destacan las siguientes medidas:

1. A nivel personal

    • Realizar una higiene de manos frecuente, lavado con agua y jabón. Es la medida principal de prevención y control de la infección
    • Etiqueta respiratoria
      • Cubrirse la nariz y la boca con un pañuelo desechable al toser y estornudar, y desecharlo a un cubo de basura con tapa y pedal y a continuación lavarse las manos. Si no disponemos de pañuelos, emplear la parte interna del codo, para no contaminar las manos
      • Evitar tocarse con los ojos, la nariz o la boca.
      • Practicar buenos hábitos de higiene respiratoria
    • Mantener distanciamiento físico de al menos 1,5 metros.
    • Utilizar mascarilla en los establecimientos públicos, y en espacios abiertos cuando no se pueda asegurar una distancia mínima de 1,5 metros.

 

2. A nivel de empresa

Implementar las medidas necesarias para minimizar el contacto entre las personas trabajadoras y entre estas últimas y los potenciales clientes o público que puedan concurrir en su lugar de trabajo. En este sentido, la disposición de los puestos de trabajo, la organización de la circulación de personas y la distribución de espacios (mobiliario, estanterías, pasillos, etc.) en el centro de trabajo deben modificarse, en la medida de lo posible, con el objetivo de garantizar el mantenimiento de la distancia de seguridad de al menos 1,5 metros.

  • En todos los puestos de trabajo que sea posible, establecer el sistema de teletrabajo.
  • En los puestos de trabajo en los que esto no sea posible, establecer una separación entre los trabajadores de un mínimo de 1,5 metros.
  • Cuando esto no sea posible, los trabajadores deben utilizar mascarilla FFP2, o mascarilla quirúrgica cuando todos los trabajadores sin exclusión la utilicen.
  • Limitar el acceso a cuartos de aseo y servicios higiénicos, reduciendo el número de personas que coincidan en el mismo, para mantener la distancia de 1,5 metros.
  • Suprimir cualquier reunión prevista, utilizando en caso necesario sistemas de videoconferencia o telefónica.
  • Incrementar la limpieza diaria de las instalaciones, suelos, mobiliario, utensilios de trabajo, haciendo hincapié en aquellas de contacto frecuente como pomos de puertas, pasamanos, barandillas, botones, etc. y servicios higiénicos. Los detergentes habituales son suficientes o con productos desinfectantes o lejía comercial diluida en agua.
  • En el caso de desplazamientos a otros centros de trabajo de la empresa o a empresas clientes, deben mantenerse las mismas medidas de prevención.

 

Casos sospechosos o confirmados

El objetivo de la vigilancia en esta etapa es la detección precoz de cualquier caso que pueda tener infección activa y que por tanto, pueda transmitir la enfermedad, con la intención de aislarlos y evitar así la propagación de la enfermedad.

Clasificación de los casos

Caso sospechoso

Se considera caso sospechoso de infección por SARS-CoV-2, hasta obtener el resultado de la PCR, a cualquier persona con un cuadro clínico de infección respiratoria aguda de aparición súbita de cualquier gravedad que cursa, entre otros, con:

  • fiebre
  • tos
  • sensación de falta de aire

Otros síntomas atípicos como dolor de garganta, pérdida de olfato y/o gusto, dolores musculares, diarreas, dolor torácico o cefaleas, entre otros, pueden ser considerados también síntomas de sospecha de infección por SARS-CoV-2 según criterio clínico.

 

Caso confirmado

      • con infección activa:

  • Persona que cumple criterio clínico de caso sospechoso y con PCR positiva.
  • Persona que cumple criterio clínico de caso sospechoso, con PCR negativa y resultado positivo a IgM por serología de alto rendimiento (no por test rápidos).
  • Persona asintomática con PCR positiva con Ig G negativa o no realizada.
      • con infección resuelta:

  • Persona asintomática con serología Ig G positiva independientemente del resultado de la PCR (PCR positiva, PCR negativa o no realizada).

 

Actuación personal

En el caso de que se detecte en la empresa un caso confirmado o sospechoso:

Los casos confirmados, con PCR positiva, ya estarán controlados por el Servicio Público de Salud (SPS)

Los casos sospechosos, personas que presenten síntomas sospechosos de infección por coronavirus, deben ponerse mascarilla y aislarse en su domicilio y contactar telefónicamente con el Servicio Público de Salud, en los teléfonos habilitados por las comunidades autónomas o con su centro de salud, para informar de su estado y que quedarán en cuarentena en su domicilio, en espera de la realización de pruebas confirmatorias, según los protocolos establecidos por el Servicio Público de Salud.

Está establecido que el Servicio Público de Salud les realice una PCR confirmatoria en el plazo de 24 – 48 horas.

Contactos estrechos

Contactos estrechos con casos confirmados

El estudio y seguimiento de los contactos laborales estrechos tiene como objetivo realizar un diagnóstico temprano en los contactos estrechos y evitar la transmisión en periodo asintomático y con escasos síntomas.

Definición de contacto estrecho, deben cumplirse todas las condiciones:

      • Contacto durante un mínimo de 15 minutos

      • A una distancia menor de 2 metros

      • En el período en el que el caso confirmado o sospechoso tenía síntomas o en los 2 días anteriores a la aparición de los síntomas. En los casos asintomáticos confirmados por PCR, desde 2 días antes de la fecha del diagnóstico. 
      • Cuando no se utilizaron las medidas de protección adecuadas
    • La empresa debe informar de la existencia de unos de estos casos a las personas que hayan estado en el mismo lugar que el caso confirmado con las condiciones antes dichas, manteniendo la confidencialidad de los datos personales del caso confirmado.
    • Contactos esporádicos, cruzarse por el pasillo o trabajar en otras estancias de la empresa, no es motivo de alarma.
    • Se deben realizar tareas de limpieza de las superficies del puesto de trabajo con productos de limpieza con desinfectantes o lejía comercial diluida en agua, de todas las superficies de la sala donde trabaja el caso confirmado, mesas, teléfonos, grapadoras, ordenadores, mesas, sillas, puertas, pomos de puertas y ventanas, etc.
    • La empresa debe comunicar a su Servicio de Prevención Ajeno IBERSYS, SEGURIDAD Y SALUD, la existencia de estos contactos próximos, informando de nombre, DNI, puesto de trabajo y teléfono de contacto, y correo electrónico si dispone de el, por si necesitáramos ponernos en contacto con ellos.

Procedimiento

Solamente deben comunicarnos los verdaderos contactos estrechos

  • Para ello nos enviarán cubierto y firmado por el trabajador, un impreso que les facilitamos, “Declaración de contacto estrecho”, donde se nos informa de las características de dicho contacto.

  • El Servicio de Prevención Ajeno IBERSYS, estudiaremos los datos aportados para confirmar que realmente se trata de un contacto estrecho, y en ese caso emitiremos un CERTIFICADO DE CONTACTO ESTRECHO, que el trabajador deberá entregar a su Médico de Familia, que debe emitir una baja por enfermedad común, con consideración de accidente de trabajo a efectos económicos.

  • Según el procedimiento actual, el Sergas decidirá si es necesario realizar una prueba PCR, para lo que le darán cita inmediata, o tal vez consideren que simplemente deben mantenerse en aislamiento en su domicilio, en espera de la evolución del caso.

  • Deben confinarse en su domicilio durante un período de 14 días y deben extremar las medidas de higiene antes mencionadas y vigilar los posibles síntomas de infección: comprobar la temperatura 2 veces al día, de 8:00 a 10:00 y de 20:00 a 22:00 horas y vigilar la aparición de tos o dificultad respiratoria.
  • Si presentan síntomas respiratorios, debe contactar de nuevo con su centro de salud para comunicar esta nueva situación y les informarán de las medidas a adoptar, pasaría a ser un caso sospechoso.